Subvenciones a empresas destinadas al apoyo de contratación de personas desempleadas – Crisis sanitaria Covid-19

2 de junio de 2021

El pasado 15 de abril de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga anuncio relativo a las “Bases reguladoras de concesión de subvenciones a empresas de la provincia de Málaga destinadas al apoyo de contratación de personas desempleadas para paliar las consecuencias económicas originadas a raíz de la crisis sanitaria COVID-19” aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 31 de marzo de 2021, en el punto III.1 de asuntos urgentes.

Con fecha 31 de mayo se ha publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, cuyo objeto es incentivar la contratación laboral mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a empresas, profesionales y autónomos/as de la provincia de Málaga en el marco del Programa de apoyo a la contratación de personas desempleadas para paliar las consecuencias económicas originadas a raíz de la crisis sanitaria COVID-19, todo ello con el fin de facilitar la contratación laboral y de contribuir a la reincorporación al mercado de trabajo de este colectivo, reforzando su empleabilidad y competencias profesionales.

El plazo de presentación de solicitud se iniciará al día siguiente al de su publicación en el BOPMA, el extracto de la Convocatoria (31/05/2021) y permanecerá abierto hasta agotar el presupuesto disponible y, en todo caso, hasta el 31 de julio de 2021.

Los requisitos específicos que deben cumplir los beneficiarios y las personas contratadas constan en el artículo 2 de las bases y artículo 4 de la convocatoria. En el caso de los beneficiarios (empresas, autónomos y profesionales), los requisitos a cumplir son que desarrollen su actividad en centro de trabajo sito en Málaga y/o provincia; que no hayan sido condenados por sentencia judicial firme o sancionada por la autoridad laboral competente por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales o por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias en el plazo de los dos años previos a la apertura del plazo de presentación de solicitud de la subvención; que no hayan sido condenados por sentencia judicial firme por despido improcedente o nulo en el año inmediatamente anterior a la apertura del plazo de presentación de solicitud de la subvención; que estén de alta en seguridad social como empleador/a en el momento de la solicitud y que la persona contratada no sustituya a trabajadores/as que hubiesen estado contratados/as en los tres meses anteriores en la empresa bajo la misma modalidad contractual y para ocupar el mismo puesto de trabajo, salvo que aquellas relaciones laborales se hubiesen extinguido por alcanzar la duración máxima prevista en la legislación laboral aplicable o por la autorización de ERE o despido procedente por causas objetivas motivado por el cierre de actividad a consecuencia de la COVID-19.

Los requisitos específicos que deben cumplir las personas contratadas son que estén empadronadas en Málaga o algún municipio de la provincia; estar desempleados a la fecha de publicación del Real Decreto 2/2021 de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo (…) y continúen desempleados a la fecha de solicitud; que consten inscritos como demandantes de empleo al menos desde el 27 de enero de 2021 y hasta la fecha de la solicitud (de manera ininterrumpida), y que no tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con el empresario autónomo, profesional o quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, así como no constituyan pareja de hecho debidamente inscritas con las personas anteriormente citadas.
Es importante resaltar que la contratación del/la trabajador/a no debe producirse con anterioridad a la fecha de solicitud de subvención, así como la incompatibilidad de este Programa con el de Desempleados de Larga Duración.

Los/as solicitantes deberán presentar la solicitud (Anexo I), debidamente cumplimentada y firmada (según las Instrucciones contenidas en el manual que se ha desarrollado al efecto), por la persona solicitante o representante junto con la documentación acreditativa correspondiente, especificada en el artículo 6 de la Convocatoria. La presentación se efectuará por cualquiera de los medios siguientes en atención a que los interesados estén obligados o no a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A) Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:
1.En el Registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica en el vínculo https://sede.malaga.es/registro-electronico/
2.En el Registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do , seleccionando después de iniciar el trámite, a través del buscador, la unidad correspondiente (Empleo) a la que, de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, debe dirigirse dentro de la Diputación Provincial, la documentación.

B) Para los restantes interesados:
1. En algunos de los medios anteriormente señalados en el apartado A) del presente artículo.
2. En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto.
3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
4. En la oficina de asistencia en materia de Registros de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las Comunidades Autónomas, o Entidades que integran la Administración Local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.

El anexo de solicitud, así como los restantes anexos de la convocatoria, se encuentra disponible en la sede electrónica de la Diputación de Málaga, accesible desde la página web www.malaga.es/subvenciones, siendo de uso obligatorio para los/as solicitantes en virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Podrán encontrar más información, así como descargar el Anexo I de solicitud en
https://www.malaga.es/buscar/3205/com1_md2_cd-36802/subvenciones-a-empresas-destinadas-al-apoyo-a-la-contratacion-a-raiz-de-la-crisis-sanitaria-covid-19-convocatoria-2021

Para cualquier consulta podéis llamar al teléfono gratuito 900 770 001 y/o los teléfonos 952069231 (Claudia Miranda) – 952133545 (R. Carmen Parra) – 952069369 (Berta Sanchís) o en el e-mail contratacioncovid@malaga.es