El pasado 2 de agosto ha visto la luz el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.

A través de este, se adoptan, entre otras, medidas de ahorro energético, consistentes en la aplicación de restricciones de temperatura a determinados negocios y sectores. Sin embargo, esta limitación no afectará a las clínicas dentales, como centros sanitarios, ya que quedan exceptuadas de la aplicación de esta normativa, tal y como se desprende del texto y como así aseveró la Ministra de Sanidad.

Concretamente, en el ámbito de la actividad de la clínica dental, hay que tener en cuenta que tiene un carácter principalmente quirúrgico, requiriendo la utilización de EPIs en su máxima expresión (esto es, bata desechable, mascarilla FFP2, guantes, pantalla de protección ocular, etc.), que unido a la utilización de mucha aparatología rotatoria suponen un obvio aumento de la temperatura corporal en el profesional.

Además, hay que destacar que los profesionales sanitarios llevan años adoptando medidas para contribuir a la eficiencia energética pero siempre respetando los protocolos, la calidad asistencial y de atención al paciente, el cual ya está sometido a una situación clínica estresante.

Todas estas circunstancias constituyen razones objetivables más que suficientes para eximir a las clínicas dentales de la nueva normativa.

Información remitida por el Consejo General de Dentistas de España.