ACLARACIÓN SOBRE PRUEBAS PCR A TRABAJADORES:
No es obligatorio realizarlo al personal de las clínicas dentales tras la vuelta de sus vacaciones
20 de agosto de 2020
El pasado domingo 16 de agosto se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la Orden de 16 de agosto de 2020, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020, para implementar en la Comunidad Autónoma de Andalucía actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.
La entrada en vigor de esta nueva Orden ha suscitado dudas entre la colegiación sobre la supuesta obligatoriedad de realizar las pruebas PCR a los trabajadores de los centros sanitarios que regresen de permisos y vacaciones, así como los nuevos trabajadores que se incorporen al centro.
Desde el Colegio informamos a la colegiación que esta norma no se refiere, y por tanto no afecta, a las clínicas dentales por lo que no es obligatorio realizar dichas pruebas al personal que se reincorpore tras sus vacaciones o a los nuevos contratados.
En realidad, la obligación que establece dicha Orden de 16 de agosto se refiere solo al personal de los centros sociosanitarios, es decir, aquellos donde se presta una asistencia de carácter social, educativa y asistencial a personas mayores, enfermos crónicos o personas con alguna discapacidad física, psíquica o sensorial. Se incluyen también residencias de mayores, centros de día, etc. Por tanto, no afecta a las clínicas dentales al tratarse de centros sanitarios, estando al margen de la obligación de hacer PCR a sus trabajadores al regreso de las vacaciones.
En el siguente enlace podéis consultar la mencionada orden publicada en BOJA el pasado domingo 16 de agosto:
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/551/BOJA20-551-00005-9305-01_00176642.pdf