Posición del Colegio sobre la publicidad sanitaria

4 de mayo de 2016

El Ilustre Colegio Oficial de Dentistas de Málaga mantiene la postura de los Consejos General y Andaluz en materia de publicidad, reclamando un legislación más rigurosa para el ámbito sanitario.

Dado que se reciben frecuentes escritos de colegiados y colegiadas sobre limitación de la publicidad de clínicas dentales, se considera pertinente informar en síntesis sobre la normativa vigente y las actuaciones que los Colegios, a través de sus Consejos General y Autonómicos, están realizando. En primer lugar recordar que este Colegio, mediante la celebración de Jornadas Jurídicas, Asambleas Generales y Memoria Anual, ha venido dando puntual información de la situación. En España la Ley de Colegios Profesionales, tanto la general como la andaluza, permiten el ejercicio profesional en régimen de libre competencia, y, sujeto en cuanto a la oferta de servicios y fijación de remuneración, a la Ley sobre Defensa de la Competencia y a la Ley sobre Competencia Desleal. Esto permite la publicidad mientras no sea ilícita, desleal y engañosa. Son términos muy ambiguos y hay que ver cada caso. También es cierto que las mismas leyes conceden a los Colegios, en sus Estatutos o Códigos Deontológicos, prohibiciones expresas para exigir a los colegiados/as que sus comunicaciones en materia de comunicaciones comerciales sea ajustada a lo dispuesto en las citadas leyes de Competencia.

La posición del Consejo General de Dentistas —en la que coincidimos todos los Colegios— es que la publicidad sanitaria es un tipo de publicidad especialmente sensible y, por lo tanto, debería estar especialmente regulada, con el fin de proteger a los ciudadanos y evitar que reciban información inapropiada o engañosa que les pueda confundir y crear falsas expectativas. El Consejo General de Dentistas viene alertando a la población de la proliferación de publicidad engañosa, no siempre conforme con los criterios de ética, objetividad y veracidad, en la que se ofrece a los pacientes precios muy económicos para unos supuestos tratamientos, cuando, en definitiva, el precio tiene que ver con una parte del mismo. De esta forma, cuando se cobra al paciente por el tratamiento completo, el precio no es el mismo que el anunciado. Este tipo de práctica viene siendo habitual, principalmente, en algunas franquicias dentales, donde se ofrecen tratamientos muy económicos mediante técnicas comerciales cada vez más agresivas, pero que ocultan, en muchas ocasiones, en la letra pequeña, una serie de costes adicionales concernientes a prestaciones clínicas necesarias en el tratamiento y que no están incluidos en el precio publicitado. También se ofertan espurias garantías de por vida y prestaciones gratuitas en determinados tratamientos que, en realidad, no son tales e inducen a engaño al paciente. Todo ello está conduciendo de forma inevitable a un grave deterioro y banalización de la prestación sanitaria odontológica, con un gran incremento en el número de quejas de los pacientes ante los Colegios de Dentistas.

El resto de la información, la podéis encontrar en el apartado de Circulares del Colegio Virtual, en la Circular 2/2016 sobre Publicidad.